Controversia entre los tres poderes porteños: la Legislatura o Ibarra deben sancionar una ley

LA JUSTICIA LE ORDENÓ A LA CIUDAD QUE EN LA PRÓXIMA ELECCIÓN SE VOTEN ALCALDES COMUNALES

El Gobierno estudia si apela o no la medida; la Constitución dice que debe haber comunas

Si los diputados no elaboran la ley de comunas Ibarra deberá sancionarla por decreto El juez tomó la determinación porque esa norma debió haber sido sancionada antes del 1° de octubre del año último
Cuando los porteños se acerquen a votar en las próximas elecciones locales deberán elegir no sólo al jefe de gobierno y a los legisladores, sino también a los nuevos alcaldes comunales o barriales.
Al menos así lo determinó, en un fallo de primera instancia, el juez de la Ciudad en lo contencioso administrativo y tributario Juan Vicente Cataldo, que ordenó a la Legislatura -en primer término- o a Aníbal Ibarra -por decreto, si la Legislatura no acata- que sancionen la ley de comunas, prevista en la Constitución porteña.
Fuentes del gobierno porteño adelantaron que la Ciudad estudiará en los próximos días si apelará o no la medida.
El magistrado falló de tal manera luego de que Javier García Elorrio, miembro de la Fundación Ciudad, presentó un amparo en virtud de la omisión en la que, decía, habían caído los poderes del Estado porteño al no proyectar, sancionar y promulgar la ley de comunas. Luego, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, que dirige Daniel Sabsay, y otros se sumaron al reclamo.
La sanción de la ley debió haberse realizado antes del 1° de octubre del año último, según marca la cláusula transitoria 17a. de la Constitución local. A pesar de esto los proyectos presentados jamás llegaron al recinto legislativo.
"La omisión hizo que por primera vez en nuestra historia se dictara un fallo por omisión constitucional", señaló el abogado Diego Kravetz.
Justamente, en la sentencia el juez lamenta "que sea el Poder Judicial, y no los poderes políticos, el que -por inacción o incapacidad de éstos- se vea obligado a resolver conflictos jurídicos que nunca se hubiesen producido si se hubiesen acatado la letra y el espíritu de la Constitución".
Javier García Elorrio, que presentó la demanda, se mostró satisfecho con el fallo -"era una prueba importante para conocer el estado del Poder Judicial en la Ciudad", dijo- y criticó a los legisladores y a Ibarra: "La Constitución es clara y los funcionarios no pueden hacer lo que quieren con ella. Lo más curioso es que muchos de los que la incumplieron son los que la redactaron".

La guerra de las comunas

Oportunamente, cuando venció la fecha en la que debió haberse sancionado la ley de comunas, los diputados opositores y algunos radicales le echaron la culpa a Ibarra. El jefe de gobierno respondió que él no se haría cargo de aumentar el gasto político en la Ciudad y que, por eso, boicoteaba la ley.
"Ibarra lo plantea como un problema económico, pero en el fondo el problema es político. No tiene estructura barrial, con lo que perdería en todas las comunas, y, además, con la descentralización perdería el manejo de mucho dinero, porque la pavimentación de las calles y el cuidado de las plazas, por ejemplo, dependerían de las comunas y no del gobierno central", opinó García Elorrio.
Fuentes cercanas a Ibarra contaron que el dirigente frentista aceptaría promover la elección de un solo cargo por comuna, pero no de siete nuevos funcionarios, que es lo que marca la Constitución local. Sin embargo, para que pudiera cumplirse el deseo de Ibarra haría falta una modificación de la Constitución.
El juez, en su resolución, ordena a la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana de la Legislatura que "produzca un despacho sobre cualquiera de los proyectos de ley que eventualmente estén o sean sometidos a su consideración" y que, luego, "pongan el proyecto que se trate a debate y decisión del pleno de la Legislatura".
En el punto siguiente, ordena al gobierno que "en caso de que la Legislatura no apruebe una ley de organización de las comunas tal que permita realizar los comicios para elegir juntas comunales en concurrencia con el próximo e inmediato comicio general para la elección de autoridades locales convoque a esas elecciones en cada uno de los 16 Centros de Gestión y Participación (CGP) actualmente existentes en la Ciudad".
En la Legislatura y en los despachos del gobierno la decisión judicial cayó pesada. Ahora, unos u otros deben crear las comunas y sancionar una ley para que los vecinos voten a sus alcaldes barriales. O prolongar la discusión en los estrados judiciales.


Qué dicen los poderes

Qué sostiene la Constitución: la Ciudad debía sancionar una ley de comunas antes del 1° de octubre del año último. Esto no ocurrió.
Qué hay que hacer ahora: un juez de primera instancia ordenó a la Legislatura que elabore un proyecto de ley y lo trate en el recinto. Si no lo hace Ibarra deberá convocar a elecciones en los 16 CGP.
Qué responde el gobierno: Ibarra no quiere saber nada de esta ley. Dice que ponerla en práctica es aumentar el gasto político. Allegados a él contaron que apelará la sanción o tratará de modificar la Constitución para que en lugar de siete funcionarios haya sólo uno por comuna.

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Publicado el: 19/11/2002
Autor: José Ignacio Lladós - Diario La Nación
La Justicia ordeno que se voten jefes comunales

 

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